Madres trabajadoras y sus derechos laborales - KOM

Madres trabajadoras y sus derechos laborales

En México el 14.7 millones de las mujeres que trabajan son madres de familia. ¿Cuáles son los derechos que las amparan?

LAS MADRES QUE TRABAJAN

El 73.86% de la fuerza laboral femenina en México está conformada por madres y en muchos casos, jefas de familia. Anteriormente, los derechos de la mujer no cubrían sus necesidades laborales y cuando finalmente se promulgaron no eran enteramente respetados. Las empresas temían contratar mujeres por temor a que se convirtieran en madres y significaran una “pérdida” para el negocio. De igual manera se pensaba anteriormente que las madres trabajadoras no contarían con la disposición emocional y física para trabajar. Hoy en día las empresas van cambiando sus perspectivas con respecto a la inclusión de mujeres en su fuerza laboral.

A pesar del crecimiento de la mujer en el ambiente laboral mexicano, enfrenta desventajas por falta de conocimiento de derechos. En varios artículos de la Ley Federal del Trabajo se han establecido puntos muy transcendentales para las mujeres trabajadoras. Es importante que tanto las mujeres los conozcan como los empleadores que les han abierto las puertas en sus empresas. El desconocimiento de estos derechos podría traer serios problemas para las madres trabajadoras, los empleadores y los pequeños que nacen.

Acerca del embarazo y los recién nacidos.+

  • Durante el período del embarazo, las mujeres no realizarán trabajos que exijan esfuerzos que signifiquen un peligro para su salud. Los empleadores deberán estar al tanto de la salud de sus empleadas y que su labor no las ponga riesgo. Si la salud de la mujer en estado de lactancia o embarazo se ve en riesgo, no podrá realizar labores. En caso de que lo haga, no podrá ser retenida en su trabajo después de las diez de la noche.
  • Disfrutarán de un descanso de seis semanas anteriores y seis posteriores al parto tras haber entregado firmada la solicitud correspondiente. La interesada deberá acudir al médico de la institución de salud que le corresponda para que la solicitud le sea expedida.
  • Si el bebé nace con algún tipo de discapacidad, el descanso podrá ser de hasta ocho semanas posteriores al parto. Esto aplica de igual manera en el caso de que el recién nacido requiera atenciones hospitalarias fuera de lo normal.
  • Un periodo de lactancia de seis meses y descansos de 30 minutos para alimentar al bebé en el lugar de trabajo. El empleador debe designar un sitio para esta actividad, el cual debe cumplir con condiciones de limpieza, orden y comodidad.
  • En caso de que una mujer adopte un bebé, también tendrá derecho un descanso de seis semanas con goce de sueldo.
  • Los servicios de guardería infantil se prestarán por el Instituto Mexicano del Seguro Social, por la Ley y disposiciones reglamentarias.
  • En los establecimientos, el patrón debe mantener un número suficiente de asientos o sillas a disposición de las madres trabajadoras.

Por ley, una mujer tiene derecho a regresar al puesto que desempeñaba si no ha transcurrido más de un año. También deben ser computados los periodos prenatales y postnatales en su registro de antigüedad en la empresa en la que labora.

De igual manera, la mujer debe sentir confianza en su espacio de trabajo para solicitar que sus derechos sean respetados. La Ley estipula que se le debe de proporcionar un lugar de trabajo en el que pueda expresar sus inquietudes.

LOS DERECHOS LABORALES DE LAS MUJERES

La Asociación Mexicana de Empresas de Capital Humano (AMECH) sostiene que es esencial que las mujeres conozcan sus derechos laborales:

IGUALDAD

Las mujeres tienen Derecho a la Igualdad sin hacer distinción por sexo, raza, edad, religión, doctrina política o condición social. Somos iguales mujeres y hombres ante la Ley, como lo indica el Artículo 164 de la Ley Federal del Trabajo.

Las Condiciones Generales de Trabajo ofrecidas a mujeres en ningún caso pueden ser inferiores a los marcados en la Ley.

JORNADA LABORAL

Las mujeres, así como los hombres, tienen derecho a una Jornada laboral sin explotación y con sueldo fijo y justo. Deberá de ser de ocho horas diarias para turno diurno; siete para nocturno; y siete y media para el mixto.

SALARIO

Toda mujer tiene derecho a recibir un salario justo, aguinaldo anual y capacitación por parte de sus empleadores o jefes.

En caso de que la empresa tenga utilidades, las mujeres tienen derecho a recibir su parte correspondiente de las mismas.

DESCANSOS

Por ley toda mujer tiene derecho a un día de descanso a la semana con goce de sueldo íntegro.

También tienen derecho de gozar vacaciones pagadas, éstas inician con 6 días como mínimo después de un año de servicio. El número de días de descanso aumentarán dos días por cada año de servicio subsecuente, hasta llegar a 12 días.

SERVICIOS DE SALUD

Uno de los puntos más significativos de los derechos laborales de las madres trabajadoras es contar con servicios de salud. Debe inscribirse en el IMSS o en el ISSSTE para recibir atención médica para ella, sus padres y sus hijos.

PENSIÓN Y JUBILACIÓN

La mujer tiene derecho a tener una pensión y jubilación; sea por invalidez, retiro por edad, tiempo de servicio, etcétera.

De la misma manera, la AMECH, destaca que las mujeres tienen los mismos derechos y las mismas obligaciones que los hombres.  El que pertenezcamos a distintos géneros y tengamos distintas habilidades no significa que deba de haber diferencia en lo esencial. Todo ser humano tiene derecho a ser considerado como tal y tratado con el respeto y atención que requiera. Afortunadamente, vivimos en un país en el que los derechos de la mujer han sido establecidos por la Ley Federal.

¿DÓNDE DENUNCIAR FALTAS E INCUMPLIMIENTOS A LOS DERECHOS DE LA MUJER?

A pesar de que la Ley Federal del Trabajo es muy explícita en sus artículos aún existen incumplimientos e injusticias. De ser víctima de alguna falta, es importante hacer una denuncia ante Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET). Igualmente, se puede presentar la denuncia ante el Instituto Mexicano del Seguro Social, pues un incumplimiento no debe quedar impune.

Ahora te encuentras bien informado sobre los derechos laborales a los que son acreedoras las mujeres trabajadoras en nuestro país.

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